
Toledo, 22 de octubre de 2026.- La Ley de Medidas en Materia de Urbanismo y Vivienda incorpora nuevos usos residenciales para suelo y edificios de titularidad pública de Castilla-La Mancha. El consejero de Fomento, Nacho Hernando, ha intervenido en el debate de la nueva regulación urbanística, que contempla nuevos instrumentos para ampliar el parque público residencial, impulsar vivienda protegida, favorecer la regeneración urbana y facilitar el planeamiento en pequeños municipios.
Entre las medidas contempladas se encuentra la posibilidad de destinar edificios y parcelas de titularidad pública a vivienda protegida o dotacional, incluidos inmuebles pertenecientes a otras administraciones, aunque el planeamiento vigente hubiera previsto inicialmente su utilización para equipamientos.
De esta manera, Hernando ha explicado que con la nueva regulación urbanística de Castilla-La Mancha “los edificios y parcelas de la Junta y, tras la incorporación de las enmiendas, también los de otras administraciones, se podrán destinar a vivienda protegida o dotacional. Además, el suelo terciario que está vacío podrá ser utilizado también para vivienda”.
Patrimonio público destinado a vivienda
La norma establece también la creación de un patrimonio público residencial diferenciado y de carácter finalista. La regulación contempla, además, la creación por ley de un parque público de vivienda social, cuyo alquiler se establecerá en función de los ingresos de las personas destinatarias y que prestará una atención específica a la población joven.
Mayor edificabilidad vinculada a vivienda protegida
En materia de promoción de vivienda protegida, se contempla la posibilidad de incrementar en determinadas parcelas hasta un 20% la edificabilidad, un 30% la densidad y hasta dos plantas la altura prevista, sin necesidad de modificar previamente el planeamiento.
La aplicación de estos incrementos, según ha explicado el responsable de Fomento, “estará condicionada a que el 100% del aprovechamiento residencial adicional se destine a vivienda protegida”.
Nuevas herramientas de regeneración urbana
La regulación incorpora igualmente los Planes de Rehabilitación Urbana, concebidos para intervenir en situaciones de infravivienda o zonas degradadas por antiguos usos industriales. Estos instrumentos permitirán abordar actuaciones de regeneración en ámbitos urbanos que, por sus características actuales, presentan dificultades para su desarrollo mediante los mecanismos habituales de planeamiento.
Por otra parte, los municipios en riesgo de despoblación que acrediten una necesidad de vivienda podrán recurrir a Planes Especiales que permitan habilitar crecimiento residencial de manera ordenada.
Simplificación para los municipios de menos de 10.000 habitantes
Otra de las modificaciones afecta a los procedimientos de planeamiento, así, Nacho Hernando ha asegurado que “en el caso de los Planes Especiales previstos para municipios en riesgo de despoblación, los plazos de tramitación se reducirán a la mitad”. Además, se establece un mecanismo de asistencia dirigido a los municipios de menos de 10.000 habitantes, mediante ayudas en especie para la elaboración del planeamiento urbanístico.

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