El Gobierno regional convoca para el próximo 23 de noviembre la fecha de la votación para la elección y renovación de los Consejos escolares
Serán las primeras elecciones que se realicen adecuándose a lo establecido en el nuevo decreto que fue aprobado recientemente por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha.
En las próximas votaciones ya no se aplicarán las medidas anticovid y se volverá al modelo anterior a la pandemia. Para facilitar la participación de las familias en las elecciones, las Juntas Electorales garantizarán, como mínimo, un horario de votaciones de siete horas comprendidas entre las 8:30 y 19:30 horas. El citado horario deberá ser conocido por todos los votantes.
Toledo, 29 de septiembre de 2022.- El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica hoy una resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se establece el próximo día 23 de noviembre como la fecha de la votación para la elección y renovación de los consejos escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas no universitarias en Castilla-La Mancha.
Estas elecciones serán las primeras que se celebren adecuándose a lo establecido al nuevo decreto por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del consejo escolar de centros educativos públicos de enseñanzas no universitarias de Castilla-La Mancha, que fue aprobado recientemente por el Gobierno regional.
Entre las novedades que recoge este decreto es que se ha reducido el número de miembros de los consejos escolares para hacerlos más ágiles y efectivos, aunque se sigue manteniendo la representación proporcional de un tercio entre el alumnado, profesorado y padres y madres. Igualmente se sigue manteniendo la representación del Ayuntamiento y del personal de administración y servicios.
También se ha establecido que en los centros educativos en los que se imparta alguna enseñanza de Formación Profesional también forme parte de su consejo escolar un representante de las empresas del entorno donde esté ubicado.
Es el primer Decreto tras asumir las transferencias educativas referidas a consejos escolares de centros. Consta de cuatro capítulos: Ámbito de aplicación; Composición, competencias y régimen de funcionamiento; Proceso de elección y renovación del Consejo Escolar; y Estatuto jurídico de los miembros del Consejo Escolar.
El Decreto tiene un contenido neutro en cuanto al objetivo vinculado a la igualdad de oportunidades pues los componentes del Consejo Escolar son indistintamente hombres y mujeres, el proceso de elección, renovación, atribuciones y funcionamiento del Consejo Escolar se realiza en igualdad de condiciones.
En la actualidad, todos los centros educativos tienen constituido consejo escolar. Estos son más de 1.000 centros.
En las próximas votaciones ya no se aplicarán las medidas anticovid y se volverá al modelo anterior a la pandemia. Para facilitar la participación de las familias en las elecciones, las juntas electorales garantizarán, como mínimo, un horario de votaciones de siete horas comprendidas entre las 8:30 y 19:30 horas. El citado horario deberá ser conocido por todos los votantes.
Los consejos escolares tienen una gran importancia ya que tienen entre otras las competencias de aprobar y evaluar el Proyecto Educativo, las normas de organización y funcionamiento, así como las programaciones generales anuales o deciden sobre la admisión del alumnado.
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