Campaña Informativa sobre patinetes eléctricos y bicicletas por zonas peatonales

Del 24 de octubre al 4 de noviembre se llevará a cabo en Quintanar de la Orden una campaña informativa sobre patinetes eléctricos y bicicletas por zonas peatonales puesta en marchas por la Policía Loal.

La Policía Local de Quintanar de la Orden informa que en estos últimos meses viene recibiendo quejas vecinales por circulación de patinetes eléctricos por zonas peatonales y aceras.

Tras la notificación de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor referente a patinetes eléctricos  la aprobación de una nueva ordenanza municipal de tráfico, llevará a cabo durante los días 24 de octubre al 4 de noviembre de 2022, una campaña informativa, tanto en redes sociales, colegios, instalaciones municipales y controles de agentes de la plantilla en vía pública, para concienciar a los usuarios de patinetes eléctricos y biciletas del peligro que conlleva circular por zonas peatonales.

Salvo en las zonas habilitadas al efecto, se prohíbe la circulación de monopatines, patinetes eléctricos y bicicletas por las aceras y demás zonas peatonales (Calle Grande Peatonal, Paseo Juan Carlos I, Plaza de las Palomas y Paseo Colón).

El vehículo de movilidad personal (VMP) es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado y no supera una altura desde el suelo al sillín de 50 cm.

Es obligatorio el uso del casco, solo está permitido el uso unipersonal, n se permite circular con cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, no se permite circular usando dispositivos de telefonía móvil, así como cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique uso manual, los VMP no podrán circular por la acera ni zonas peatonales, si cualquiera de estas infracciones fuera cometida por un menor de 18 años, serán los padres o tutores los que responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

Las infracciones a las normas de utilización de estos vehículos se sancionarán conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, a excepción de la obligación de la utilización del casco que se sancionará de conformidad con lo establecido en el Anexo I – Cuadro de Sanciones, de la presente Ordenanza Municipal.

Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*


Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: Florencio Vallinot.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.